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Las VUT se integran en la ordenación urbanística de Andalucía
EXPRESO - 03.03.2025
El consejero andaluz Bernal subraya que la gestión de la Junta pretende compatibilizar el desarrollo de la actividad con la convivencia y la calidad de vida de los residentes.
La Consejería de Turismo y Acción Exterior continúa avanzando en el control de las Viviendas de Uso Turístico, VUT. En este sentido, en el último año se ha aprobado el Decreto Ley 31/2024, que actualizó la normativa obsoleta sobre Vivienda de Uso Turístico y se han firmado convenio de colaboración con Ayuntamientos (Sevilla, Málaga, Granada, Cádiz y Jerez de la Frontera) para asegurar el cumplimiento de las normativas urbanísticas locales y facilitar la detección de posibles infracciones.
Como complemento a estas medidas, el Decreto 1/2025 de 24 de febrero, de medidas urgentes en materia de vivienda, impulsado por la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, determina integrar las VUT en la ordenación urbanística lo que contribuirá a reforzar su regulación y ordenación para dar así cumplimiento al artículo 3 del texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.
Para ello en el artículo 6 se establece que corresponde a los municipios en los que concurran razones imperiosas de interés general, y justificando la proporcionalidad de la medida, a través de los instrumentos de ordenación urbanística regular la compatibilidad de las VUT con el resto de los usos y, de forma particular, con el uso residencial.
De manera excepcional por razones imperiosas de interés general, aquellos Ayuntamientos donde concurran dichas causas, puedan suspender las autorizaciones de nuevas VUT desde el momento en el que se acuerde la elaboración del instrumento de ordenación urbanística correspondiente, en los términos previstos por la normativa urbanística, Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía (LISTA), y su desarrollo reglamentario.
De este modo, el plazo máximo de tres años para la suspensión de licencias y declaraciones responsables ninguna novedad, en tanto que el mismo, está contemplado en la normativa urbanística de referencia, en concreto, en el artículo 103 del Decreto 550/2022, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía.
En el resto de los municipios de Andalucía, donde no concurran dichas causas de interés general, no se verán afectados.
‘Nuestro objetivo es hacer compatible un desarrollo ordenado y sostenible del Turismo en Andalucía con la convivencia y la calidad de vida de nuestros residentes. Gestionamos esta actividad siempre con el objetivo de que sus beneficios redunden en los andaluces’, ha considerado el consejero Arturo Bernal.
El Decreto Ley 31/2024 ya incluía entre otras medidas la imposibilidad de entrar al Registro de Turismo durante un año a aquellas viviendas que accedan con falsedad o no aporten su licencia o declaración responsable conforme a la normativa urbanística que se le aplique.
Expreso. Redacción. J.R
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