Regulada la marca turística de Galicia

EXPRESO - 01.07.2011

El Diario Oficial de Galicia ha publicado el decreto de la Consellería de Cultura y Turismo por lo que se aprueba la marca turística de Galicia y se regula su utilización. En el texto se fijan las pautas para el empleo de la primera marca turística de Galicia por parte de la Administración autonómica y por parte de otras personas o entidades.
El decreto regula el fomento del uso de la marca turística de Galicia, una imagen fácilmente identificable que resalta la personalidad de la comunidad autónoma y la muestra como destino turístico.
La marca fue presentada públicamente en el pasado mes de diciembre y protagonizó una primera campaña de publicidad tanto en el ámbito nacional como gallego.
El texto publicado pone de manifiesto que esta marca da respuesta a la necesidad de contar, en el campo turístico, con una señal de identidad que establezca un vínculo emocional con aquellos a los que se dirige y que sea aceptado por aquellos a los que representa, los gallegos. La marca turística de Galicia combina esta imagen con todos los valores y elementos simbólicos que Galicia representa y en los que se sustenta su percepción como destino turístico.
El nacimiento de esta marca tiene su razón de ser en el hecho de que el turismo es un sector clave en Galicia, tanto por su importante impacto en la economía gallega, donde representa cerca del 10,5% el Producto Interior Bruto (PIB) de la comunidad y cuenta con un índice de empleo del 10,3% de la población empleada, como en el campo social, donde Galicia se presenta al mundo con una imagen renovada, respetuosa con las tradiciones y con el pasado, pero mirando cara el futuro y a los retos que se presentan.
En este contexto, la Xunta de Galicia apuesta por el crecimiento y la calidad de un destino único y singular, un multidestino de posibilidades en los principales segmentos de mercado: rural y de naturaleza, náutico y marinero, termal, gastronómico, cultural, etc.
Por estas razones, Galicia precisaba contar con una imagen identificable, que resaltara la personalidad de la comunidad autónoma y la mostrara como destino turístico. Esta marca sirve para poder desarrollar una estrategia de promoción a través de una imagen fuerte que posicione a Galicia en el mercado nacional e internacional.
La marca gráfica resultante reconoce las señales de identidad de la comunidad gallega y la diferencia de los competidores.
Usos de la marca
En virtud de lo publicado en el Diario Oficial de Galicia, acompañado del manual básico de la marca, se establece que los departamentos de la Xunta de Galicia, organismos autónomos las agencias públicas autonómicas, las entidades públicas empresariales, los consorcios autonómicos, las fundaciones del sector público autonómico y las sociedades mercantiles públicas autonómicas emplearán la marca turística como elemento adicional a la identificación corporativa de la Xunta.
Para la aplicación de la marca en todas sus acciones de comunicación audiovisuales, escrituras o plásticas, tomarán como referencia las indicaciones que se establecen en el manual básico. También en sus relaciones de colaboración con otras administraciones, la Administración autonómica gallega deberá exigir, siempre que su objeto lo permita, que se haga constar la marca turística de Galicia.
El empleo de la marca turística por parte de personas físicas o jurídicas, así como por parte de otras entidades o instituciones, requerirá solicitud dirigida a la Sociedad Imagen y Promoción Turística de Galicia, Turgalicia, que es la competente para otorgar las correspondientes licencias y autorizaciones. Estos permisos se otorgarán con suxeición a la normativa vigente en materia de propiedad intelectual e industrial.
Por último, en el decreto también se establece que la Administración autonómica fomentará el empleo de la marca turística de Galicia por parte de las entidades locales gallegas, instándoles a solicitar la autorización pertinente para su uso en todas las actuaciones que desarrollen en el ejercicio de sus competencias.
Expreso. Redacción. J.R

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