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España liberaliza los servicios ferroviarios turísticos
EXPRESO - 30.07.2013
Los servicios de transporte ferroviario de viajeros con finalidad prioritariamente turística se prestarán en régimen de libre competencia en España a partir del miércoles, 31 de julio
Los servicios de transporte ferroviario de viajeros con finalidad prioritariamente turística se prestarán en régimen de libre competencia en España a partir del miércoles, 31 de julio.
Así se recoge en una orden ministerial del 19 de julio, que ya ha sido publicada por el Boletín Oficial del Estado. De esta manera, desde el 31 de julio, toda empresa ferroviaria que se encuentre habilitada para prestar servicios y haya obtenido, por parte de Adif, la correspondiente asignación de la capacidad de infraestructura podrá prestar, sin necesidad de autorización o título habilitante específico de ninguna clase, estos servicios.
Deberán comercializarse en el marco de una combinación previa, en la que todas las plazas deberán haber sido vendidas u ofrecidas en venta por una agencia de viajes con arreglo a un precio global en la que, aparte del servicio de transporte, se incluyan otras dos prestaciones.
En concreto, el paquete deberá ofrecer alojamiento durante al menos una noche o manutención alimenticia en estaciones o durante la realización de paradas intermedias de duración inferior a tres horas.
También otros servicios turísticos tales como la asistencia a cursos, conferencias o eventos deportivos, la realización de excursiones o visitas a centros de interés cultural o turístico, entradas para la asistencia a un espectáculo en el lugar de destino, alquiler de vehículos o servicios de guía turística.
Esta liberalización estaba recogida en la Ley del Sector Ferroviario que aprobó el Ministerio de Fomento en 2012 y desarrollada en el decreto de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo aprobada por el Gobierno en febrero. Quedan excluidas de esta liberalización las circulaciones de trenes históricos, que dispondrán de su regulación específica y no son considerados servicios de transporte ferroviario.
Expreso. Redacción. A.F
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