Mejorarán los límites de responsabilidad en los viajes aéreos internacionales

EXPRESO - 22.10.2024

Los viajeros pronto se beneficiarán de límites de compensación más altos para vuelos internacionales.

OACI, la Organización de Aviación Civil Internacional, anunció que los límites de responsabilidad del Convenio de Montreal por muerte, lesiones, demoras y problemas de equipaje y carga aumentarán el 28 de diciembre de 2024. 

La OACI ha informado a los 140 Estados integrantes de que los límites se incrementarán de acuerdo con el mecanismo de revisión incorporado en el Convenio, para ajustarse a la inflación cada cinco años. Esto garantiza que la compensación para los pasajeros y la carga siga siendo adecuada a lo largo del tiempo. Esta es la cuarta revisión desde que el tratado entró en vigor en 2003. 

Formalmente conocido como el Convenio para la unificación de ciertas reglas para el transporte aéreo internacional, el Convenio de Montreal de 1999 o MC99 estableció un marco integral y unificado para el transporte internacional de pasajeros, equipaje y carga por aire, introduciendo varios elementos para equilibrar los intereses de los viajeros y los transportistas de carga y la industria de la aviación. 

El Convenio establece límites de responsabilidad para las aerolíneas, garantizando una compensación justa para los consumidores en casos de lesiones, muerte, demoras, problemas con el equipaje y la carga. Además, permite el uso de boletos electrónicos y guías aéreas, reduciendo significativamente los trámites y los costos operativos para las aerolíneas.

Esta modernización ha simplificado los procesos y permitido una gestión de riesgos más eficiente. ‘La OACI sigue abogando por la ratificación universal del MC99’, afirmó Juan Carlos Salazar, secretario general de la OACI.

‘Este Convenio es fundamental para garantizar la protección de los intereses de los consumidores en los viajes aéreos internacionales. Al promover la armonización y codificación de las normas que rigen el transporte aéreo internacional, el MC99 beneficia a los pasajeros y a los transportistas de carga, al tiempo que permite el desarrollo unificado y equitativo de los servicios aéreos’. 

Los límites de pasivos se indican en Derechos Especiales de Giro (DEG), una unidad de cuenta definida por el Fondo Monetario Internacional. A efectos indicativos, 1 DEG se valoraba en 1,33318 dólares estadounidenses el 18 de octubre de 2024.

Los límites se revisarán de la siguiente manera: 

1.      El límite por muerte o lesiones corporales aumentará de 128.821 DEG a 151.880 DEG (unos 202.500 dólares EE.UU.) (originalmente 100.000 DEG en 2003). 

2.      El límite por demora en el transporte de pasajeros aumentará de 5.346 DEG a 6.303 DEG (unos 8.400 dólares EE.UU.) (originalmente 4.150 DEG en 2003). 

3.      El límite por destrucción, pérdida, daño o retraso del equipaje aumentará de 1.288 DEG a 1.519 DEG (unos 2.000 dólares EE.UU.) (originalmente 1.000 DEG en 2003). 

4.      El límite por destrucción, pérdida, daño o retraso de la carga aumentará de 22 DEG a 26 DEG por kilogramo (unos 35 dólares EE.UU.) (originalmente 17 DEG en 2003). 

La OACI ha invitado a los Estados Parte de la Conferencia Ministerial MC99 a ‘adoptar las disposiciones necesarias de conformidad con sus requisitos jurídicos nacionales, para dar pleno efecto a partir del 28 de diciembre de 2024 a los límites revisados’. 

Expreso. Redacción. J.R

Comentarios